` La Corte Suprema de Justicia de El Salvador habilitó la reelección de Bukele - Monitoreamos
Monitoreamos
  • Inicio
  • Presidenciales
  • Venezuela
  • Mundo
  • Negocios
  • Entretenimiento
  • Salud
  • Tecnología
  • Deporte
Sin resultados
Ver todos los resultados
Monitoreamos
Sin resultados
Ver todos los resultados

Portada » La Corte Suprema de Justicia de El Salvador habilitó la reelección de Bukele

La Corte Suprema de Justicia de El Salvador habilitó la reelección de Bukele

Gabriel BastidasporGabriel Bastidas
4 septiembre 2021
en Mundo
0
0
COMPARTIDO
FacebookTwitterWhatsapp

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de El Salvador emitió este viernes un fallo en el que habilita que el presidente en ejercicio pueda competir por la reelección inmediata, con lo que Nayib Bukele podría buscar un segundo período en 2024.

Vía Infobae

En el fallo, los magistrados ordenan al Tribunal Supremo Electoral (TSE) permitir “que una persona que ejerza la Presidencia de la República y no haya sido presidente en el periodo inmediato anterior participe en la contienda electoral por una segunda ocasión”.

NoticiasRelacionadas

La cadena ABC suspendió el programa de Jimmy Kimmel por comentarios sobre Charlie Kirk

17 septiembre 2025

Día Mundial de las Playas, una oportunidad para combinar ecoturismo, educación ambiental y voluntariado

17 septiembre 2025

Los jueces, nombrados el 1 de mayo pasado después de que el Congreso dominado por el oficialismo cesara a los magistrados constitucionalistas en una proceso ampliamente criticado, revirtieron así un fallo de 2014 que prohibía la reelección presidencial en los siguientes 10 años tras dejar el cargo.

La Constitución salvadoreña señala que no puede ser candidato a la Presidencia quien haya ejercido el cargo “por más de seis meses, consecutivos o no, durante el período inmediato anterior”.

Los jueces sostuvieron que la interpretación de 2014 es “errónea” y apuntaron que, a su juicio, la Constitución permite que un ciudadano puede ser presidente por un máximo de 10 años.

“Es el mismo artículo 152 ordinal 1 quien permite como máximo que una persona ejerza la Presidencia por 10 años y de hecho, el Constituyente de 1983 obliga a que esos 10 años se ejerzan, si el pueblo así lo decide, de forma consecutiva”, reza la sentencia.

FacebookTwitterWhatsapp

Noticias Relacionadas

Mundo

La cadena ABC suspendió el programa de Jimmy Kimmel por comentarios sobre Charlie Kirk

17 septiembre 2025
Mundo

Día Mundial de las Playas, una oportunidad para combinar ecoturismo, educación ambiental y voluntariado

17 septiembre 2025
Mundo

Bolsonaro fue diagnosticado con cáncer de piel «precoz»: seguirá en prisión domiciliaria

17 septiembre 2025
Siguiente publicación
Foto Reuters

EEUU dio el primer paso para reforzar el personal de su embajada en Cuba

Deportes

Cardenales de Lara sumó un brazo de la agencia libre: Cristhian Tortosa

17 septiembre 2025

Pablo López es nominado al Premio Roberto Clemente de las Grandes Ligas

17 septiembre 2025

Messi le envía al primer ministro de la India una camiseta firmada por su 75º cumpleaños

17 septiembre 2025

Yulimar Rojas clasifica a la final del triple salto en el Mundial de Tokio 2025

16 septiembre 2025

Mundo

La cadena ABC suspendió el programa de Jimmy Kimmel por comentarios sobre Charlie Kirk

17 septiembre 2025

Día Mundial de las Playas, una oportunidad para combinar ecoturismo, educación ambiental y voluntariado

17 septiembre 2025

Bolsonaro fue diagnosticado con cáncer de piel «precoz»: seguirá en prisión domiciliaria

17 septiembre 2025

La Fed baja los tipos de interés en un cuarto de punto en su primer recorte desde diciembre 2024

17 septiembre 2025

  • Inicio
  • Presidenciales
  • Venezuela
  • Mundo
  • Negocios
  • Entretenimiento
  • Salud
  • Tecnología
  • Deporte

© 2020 Monitoreados - Todos los derechos reservados.

Sin resultados
Ver todos los resultados
  • Inicio
  • Presidenciales
  • Venezuela
  • Mundo
  • Negocios
  • Entretenimiento
  • Salud
  • Tecnología
  • Deporte

© 2020 Monitoreados - Todos los derechos reservados.