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Portada » Maduro podrá «suspender o disolver» las ONG con la ley que pretende aprobar la AN chavista

Maduro podrá «suspender o disolver» las ONG con la ley que pretende aprobar la AN chavista

Gabriel BastidasporGabriel Bastidas
12 enero 2024
en Destacado, Venezuela
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El régimen de Nicolás Maduro podrá «suspender o disolver» las organizaciones no gubernamentales que operan en el país, con el proyecto de ley que pretende aprobar la Asamblea Nacional chavista.

Durante la consulta pública realizada este viernes en el Palacio Federal Legislativo, el diputado chavista Julio García Zerpa explicó que el proyecto establece en su artículo 16 una serie de prohibiciones expresas para las ONG:

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  • Recibir aportes destinados a organizaciones con fines políticos.
  • Realizar actividades políticas.
  • Promover y permitir actuaciones que atenten contra la estabilidad nacional y las instituciones de la República.
  • Cualquier otro acto prohibido en la legislación venezolana.

«¿Cuál es la sanción si esto sucede? Se podrán tomar medidas administrativas, proporcionales y adecuadas contra las ONG mediante la apertura de un procedimiento administrativo que podrá implicar la suspensión de actividades y la disolución de oficio de la ONG. Perdería su personalidad jurídica», sentenció Zerpa.

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Además en el artículo 17 se establece una serie de «ilícitos formales» por los cuales también podrían ser sancionadas las ONG:

  • Incumplimiento de la obligación de inscribirse ante el registro.
  • Incumplimiento de la obligación de registrar los actos.
  • No mantener los libros contables actualizados.
  • Incumplimiento a la obligación de coadyuvar al Estado en su actividad.

«¿Cuál es la sanción de estos ilícitos formales? Una sanción pecuniaria, independientemente de lo que corresponda a las sanciones civiles, administrativas y penales que puedan proceder por su actuación», puntualizó.

El diputado explicó que la ley establecerá que el Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN) cree un registro especial de las ONG que operan en el país. «El vicepresidente o vicepresidanta podrá establecer la obligatoriedad de demostrar la inscripción a los efectos de la realización de determinados trámites administrativos y la obtención de determinados beneficios del Ejecutivo Nacional», puntualizó.

Además indicó que «las ONG domiciliadas en el extranjero solo podrán operar en el país tras obtener una habilitación para hacerlo» que será otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores.

Zerpa también explicó que la ley obligará a las ONG a «presentar ante la Contraloría General de la República una declaración jurada de patrimonio».

Durante su discurso, el parlamentario reconoció que este proyecto de ley «causa sensibilidad en algunos sectores de la sociedad», pero advirtió que avanzarán con esta regulación.

Sostuvo que «hay un pequeño grupo de organizaciones, que a veces no tienen ni siquiera personalidad jurídica, son un maletín con mucho dinero que proviene del extranjero y de dudosa procedencia, que tienen ingentes recursos que se utilizan en el país y que no se rinde cuentas sobre ellos».

«Es una decisión soberana del Estado regular la situación jurídica y la actuación de instituciones públicas y privadas que reciban financiamiento de agentes extranjeros», afirmó.

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