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26 ONG venezolanas piden a Gustavo Petro exigir garantías de DDHH en reunión con Delcy Rodríguez

Redacción MonitoreamosporRedacción Monitoreamos
11 marzo 2026
en Venezuela
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Este miércoles 26 ONG venezolanas pidieron al presidente de Colombia, Gustavo Petro, que en su encuentro con la encargada del régimen chavista, Delcy Rodríguez, promueva garantías plenas de derechos humanos para los venezolanos.

La reunión está prevista para este viernes 13 de marzo en el Puente Tienditas, y consideraron que el liderazgo regional de Colombia puede contribuir a la preservación del orden constitucional, la protección de los derechos humanos y el fortalecimiento de la institucionalidad democrática en Venezuela.

Por esto, pidieron a Petro que promueva medidas orientadas a garantizar el respeto de los derechos civiles y políticos, el debido proceso, la libertad personal, la protección de defensores de derechos humanos, la libertad de todos los presos políticos y el cese de prácticas de persecución por motivos políticos.

A continuación, la carta completo:

Carta abierta al Presidente de la República de Colombia sobre democracia y DDHH en Venezuela
Excelentísimo señor

Gustavo Petro Urrego

Presidente de la República de Colombia

Señor Presidente:

Reciba un respetuoso saludo de las organizaciones sociales y de derechos humanos venezolanas que suscribimos la presente comunicación.

Ante el anuncio de la próxima visita a Colombia de la ciudadana Delcy Rodríguez, quien actualmente ejerce funciones como “presidenta encargada” de la República Bolivariana de Venezuela, tras una decisión del Tribunal Supremo de Justicia venezolano de fecha 3 de enero de 2026, nos dirigimos a usted con el mayor respeto para expresar nuestra preocupación por la situación institucional venezolana y solicitar el valioso acompañamiento del Estado colombiano en la promoción de principios democráticos y de derechos humanos en la región.

La referida designación se fundamenta en una interpretación judicial extraordinaria de la Constitución venezolana que ha generado serios cuestionamientos jurídicos. En particular, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece de manera clara los procedimientos para la sustitución del Presidente de la República en sus artículos 233 y 234, los cuales regulan taxativamente los supuestos de falta absoluta y falta temporal del Jefe del Estado.

El artículo 233 constitucional establece las causales de falta absoluta del Presidente y prevé mecanismos institucionales específicos para su sustitución, incluyendo la convocatoria a elecciones cuando corresponda. Por su parte, el artículo 234 regula las faltas temporales, disponiendo su carácter limitado en el tiempo —hasta noventa días prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional— y sujeta su ejercicio a controles institucionales determinados.

La decisión del Tribunal Supremo de Justicia que ordena el ejercicio pleno de las atribuciones presidenciales por parte de la Vicepresidenta Ejecutiva:

Reconoce expresamente la existencia de una situación “no prevista literalmente” en la Constitución;

No declara formalmente la configuración de una falta temporal conforme al artículo 234;

No establece límites temporales al ejercicio del poder;

No activa los mecanismos de control institucional previstos en el texto constitucional.

Esta situación plantea dudas relevantes sobre la regularidad constitucional del procedimiento de sucesión presidencial y sobre la vigencia efectiva de los principios de separación de poderes, control democrático y legalidad que constituyen pilares esenciales del Estado de derecho, que no deben suspenderse aun en contextos extraordinarios.

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Colombia ha desempeñado históricamente un papel relevante en la defensa de soluciones pacíficas, democráticas y respetuosas de la dignidad humana en América Latina. En este contexto, consideramos que el liderazgo regional de su país puede contribuir significativamente a la preservación del orden constitucional, la protección de los derechos humanos y el fortalecimiento de la institucionalidad democrática en Venezuela.

En particular, respetuosamente solicitamos que en el marco de los encuentros bilaterales previstos se promuevan los siguientes principios:

1) Defensa del orden constitucional y la legalidad democrática: Reafirmar la importancia de que el ejercicio del poder público en Venezuela se ajuste estrictamente a los procedimientos establecidos en los artículos 233 y 234 de su Constitución, garantizando límites al ejercicio de poderes excepcionales y mecanismos efectivos de control democrático.

2) Garantías plenas de derechos humanos y libertades fundamentales: Promover medidas orientadas a garantizar el respeto efectivo de los derechos civiles y políticos, el debido proceso, la libertad personal, la protección de defensores de derechos humanos, la libertad de todos los presos políticos –incluyendo los de nacionalidad colombiana- y el cese de prácticas de persecución por motivos políticos.

3) Respeto al derecho a la participación política y a la soberanía popular: Favorecer condiciones que permitan el ejercicio pleno del derecho de los ciudadanos venezolanos a participar libremente en los asuntos públicos y a elegir a sus autoridades mediante procesos electorales auténticos, libres y verificables.

4) Fortalecimiento de la institucionalidad democrática y la separación de poderes; Promover el restablecimiento del equilibrio entre los poderes públicos y la existencia de controles democráticos efectivos frente al ejercicio del poder.

5) Rol activo de Colombia en la promoción de soluciones democráticas y pacíficas: Ejercer el liderazgo regional de Colombia para favorecer soluciones institucionales pacíficas, basadas en los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos y orientadas a la estabilidad democrática y el respeto de los derechos fundamentales, incluyendo la posibilidad que los entes internacionales, como la propia CIDH, puedan visitar a Venezuela en el plazo más breve posible.

Señor Presidente, estamos convencidos de que el compromiso de Colombia con la democracia, el respeto al orden constitucional y la protección de los derechos humanos puede contribuir de manera decisiva a la construcción de soluciones institucionales duraderas que respondan a las aspiraciones legítimas del pueblo venezolano y fortalezcan los principios democráticos en América Latina.

Agradeciendo su atención y reiterando nuestra más alta consideración y respeto.

Atentamente

Asociación Civil Los Naguaritos

Caleidoscopio Humano

Centro de Atención Integral Psicopedagogica Individual (CAIPI)

Centro Justicia y Paz (CEPAZ)

Comité por la defensa de los derechos humanos parroquia Coche

Comité por la Libertad de los Luchadores Sociales y Presos Políticos

Conexión Segura y Libre

Derechos Humanos de Venezuela en Movimiento

Fundación Iribarren en Lucha

Hablamos DDHH

Labo Ciudadano

Laboratorio de Paz

La TV Calle

Movimiento SOMOS

Nosotras Por Todas

Movimiento Unidos por el agua y los DDHH

Observatorio Global de Comunicación y Democracia

Observatorio Venezolano de Violencias LGBTIQ+

ONG Hombres por la Equidad e igualdad

ONG Migrantes Venezolanos Desaparecidos (MIVED)

Observatorio Digital ProboxVE

Red DDHH en Acción

Red DDHH del estado Lara

RedesAyuda

Vicaría de DDHH Arquidiócesis de Barquisimeto, Edo. Lara

Voto Joven

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