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Portada » Funcionario de Conviasa hostigó y amenazó a Edmundo González, violando la Constitución y las leyes

Funcionario de Conviasa hostigó y amenazó a Edmundo González, violando la Constitución y las leyes

Redacción MonitoreamosporRedacción Monitoreamos
6 julio 2024
en Presidenciales, Venezuela
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Violando la Constitución y las leyes, este sábado un funcionario del Estado hostigó y amenazó al candidato presidencial unitario, Edmundo González, al que cuestionó por volar en la aerolínea Conviasa hacia el estado Barinas.

Al momento de hacer el check-in en el mostrador del aeropuerto en Maiquetía, un funcionario de Conviasa hostigó a González Urrutia y lo amenazó con retenerle el pasaje para impedirle viajar.

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«¿No le da vergüenza, no le da pena viajar por Conviasa? Después de que nos quitó un avión de Emtrasur (…) ¿Qué hace si le retenemos el boarding pass y no viaja?», amenazó el empleado público.

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Leyes violadas

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 145 que «los funcionarios públicos y funcionarias públicas están al servicio del Estado y no de parcialidad alguna. Su nombramiento o remoción no podrán estar determinados por la afiliación u orientación política».

El Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en su artículo 222 señala que «los organismos públicos nacionales, estadales o municipales no podrán realizar publicidad y propaganda electoral, y en tal sentido, no podrán difundir mensajes destinados a promover, auspiciar o favorecer determinada candidatura u organización con fines políticos o grupo de electoras y electores, y comunidades u organizaciones indígenas, así como todo aquello que promueva o tienda a promover la imagen negativa de alguna candidata o candidato, organización con fines políticos, grupo de electoras y electores y comunidades u organizaciones indígenas. No se permitirá el uso de los bienes propiedad de la República, ni de los estados o municipios con el fin de favorecer o promover una candidatura o realizar propaganda electoral».

Mientras que la Ley contra la Corrupción reitera en su artículo 14 que «las funcionarias, funcionarios, empleadas públicas y empleadospúblicos e stán al servicio del Estado y no de parcialidad política o económica alguna. En consecuencia, no podrán destinar el uso de los bienes públicos olos recursos que integran el patrimonio público para favorecer a partidos o proyectos políticos, o a intereses económicos particulares.»

En este sentido, la ley prevé que «la funcionaria pública o funcionario público que abusando de sus funciones, utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, grupo, partido o movimiento político, será sancionada o sancionado con prisión de un (1) año a tres (3) años».

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