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Alertan que reforma a la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación politiza y centraliza aún más la investigación

Gabriel BastidasporGabriel Bastidas
19 abril 2022
en Venezuela
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El pasado 17 de marzo la cuestionada Asamblea Nacional chavista sancionó el proyecto de reforma parcial de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (Locti). Es la cuarta vez que el Parlamento aprueba modificaciones a esta legislación, promulgada originalmente por Hugo Chávez en 2001 a través de su ley habilitante

El Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de los Andes (ODH-ULA) alertó que esta nueva reforma, que aún no se publica en gaceta oficial, deja clara la centralización de la actividad científica y tecnológica en torno al Ejecutivo Nacional, y politiza aún más las investigaciones.

En esa oportunidad se estableció la eliminación del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (Conicit), que fue creado en 1967 con el objetivo de promover el desarrollo de la ciencia y la tecnología en el país a través de programas de apoyo a los investigadores científicos venezolanos. Este organismo fue sustituido por el Fondo Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación (Fonacit).

La nueva reforma de la Locti modificó un total de 36 artículos, de los 66 que tiene esta ley. El número 1 establece ahora que la ciencia, la tecnología y la innovación deben garantizar “el ejercicio pleno de la soberanía nacional y el desarrollo del país potencia en el marco del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, mediante el encadenamiento de procesos de creación de conocimientos que impacten en la dinámica de las unidades productivas con visión revolucionaria que proteja y atienda las necesidades del pueblo”. En consecuencia, la única visión posible es la revolucionaria, es decir, la establecida por el régimen chavista.

El artículo 2 modifica lo que se entenderá por interés público en materia de desarrollo científico, tecnológico y de innovación, dejándolo a criterio del Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio del Poder Popular para Ciencia y Tecnología. Este “se reservará el establecimiento de prioridades en el desarrollo de las políticas, planes y proyectos a que se refiere la presente Ley”. Esto desconoce la competencia que los científicos y las comunidades científicas tienen sobre las necesidades prioritarias del desarrollo de la ciencia en el país.

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También la nueva reforma incorpora un Plan Científico Nacional, el cual “establecerá en forma sistemática y coherente las políticas, objetivos, estrategias y metas, en función de la visión estratégica, incorporando los proyectos, acciones y recursos que se aplicarán para alcanzar los fines establecidos en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación”, según se especifica en el reformado artículo 11 de la ley.

En cuanto a los proyectos de investigación y desarrollo científico, tecnológico o de innovación, la reforma establece que todo proyecto debe inscribirse en el Registro del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación y “debe estar enmarcado dentro de los objetivos del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación”, así como “contar con los permisos correspondientes emitidos por el Ministerio con competencia en la materia de ciencia, tecnología, innovación y sus aplicaciones”, establece el artículo 21.

El ODH-ULA denunció la aprobación de esta reforma legislativa como una nueva acción violatoria de la libertad académica y la autonomía universitaria, que incluye a sus comunidades científicas, así como de todas las instituciones independientes que hacen investigación en ciencia, tecnología e innovación en Venezuela. Además, alinear los objetivos del desarrollo científico y tecnológico de un país a la ideología del partido político gobernante es excluyente y por ello va en contra de los principios democráticos.

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