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Dictadura de Nicaragua aprobó ley para regular el sistema financiero y tener el control de la información bancaria de los ciudadanos

Redacción MonitoreamosporRedacción Monitoreamos
27 diciembre 2024
en Mundo
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La Asamblea Nacional de Nicaragua aprobó un proyecto de ley para «integrar en un solo cuerpo legal» las regulaciones que rigen al Banco Central de Nicaragua y a la Superintendencia de Bancos, una norma que da «control» al régimen para obtener información bancaria de personas naturales o jurídicas.

La «Ley de Administración del Sistema Monetario y Financiero» tiene como objetivo «establecer el régimen regulatorio de la administración del sistema monetario y financiero entre los principales elementos de esta Nicaragua», según el texto de ese proyecto de ley.

Ese proyecto, propuesto desde la dictadura, fue recibido por el Parlamento nicaragüense el pasado 23 de diciembre y todavía debe ser publicado en Gaceta Oficial para entrar en vigor.

Para ello, se va incorporar «en un solo cuerpo legal las regulaciones que rigen al Banco Central de Nicaragua y a la Superintendencia de Bancos, manteniendo cada de una funcional, administrativa, financiera y presupuestaria, para el cumplimiento de la ley y leyes relacionadas».

También se creará «un sólo órgano de dirección, denominado el Consejo Directivo Monetario y Financiero, los órganos máximos de dirección del Banco Central y de la Superintendencia», entre otras acciones.

Según el artículo 24 de texto de la iniciativa, «las oficinas o dependencias del Sector Público están obligadas a suministrar la información que el Banco Central y la Superintendencia les solicite con fines estadísticos y en el ejercicio de sus funciones».

Y agrega ese apartado: «Asimismo, toda persona natural o jurídica, con residencia o domicilio en el territorio nicaragüense, sea nacional o extranjera, está obligada a proporcionar al Banco Central y a la Superintendencia de Bancos, o a las entidades o personas designadas por estos, la información económica, financiera, estadística y de carácter regulatorio que se les solicite en los formatos y plazos establecidos».

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Además, continúa el texto, «eΙ Banco Central y la Superintendencia mantendrán la protección de esta información sobre la base de la ley de la materia».

Medios no oficiales sin embargo señalan que la ley «garantiza al régimen de Daniel Ortega acceso a la información bancaria de cualquier persona en Nicaragua y le permitirá ejercer un mayor control sobre la banca privada del país y sus miembros», según publicó el portal Despacho 505.

Ese portal informativo detalla que la iniciativa de ley «fue aprobada con 91 votos a favor y cero votos en contra tras la emisión en tiempo récord de un dictamen favorable en el que no se realizó ninguna crítica o modificación de la ley».

En cuanto al sigilo bancario, el portal 100 % Noticias asegura que se «anula» pese a que el artículo 25 establece que «los miembros del Directivo, Administración Superior y empleados del Banco Central y de Superintendencia, estarán obligados a guardar sigilo sobre las informaciones, documentos y operaciones de naturaleza reservada o privada, que tengan conocimiento en virtud del ejercicio de sus funciones».

Con información de EFE

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